Visto:
La necesidad de ordenar y regularizar la situación de los registros y archivos en las Regionales de la Institución, debido a la acumulación de Expedientes Técnicos ingresados que se encuentran abiertos por tareas profesionales, cuyas bajas y archivos están pendientes debido a su falta de liquidaciones total o parcial. Sin afectar los aportes a la Caja de Previsión.
Y considerando:
Que es razón regularizar esas tareas pendientes al momento de presentar los trámites para acogerse al beneficio de la jubilación.
Que el presente instrumento pretende facilitar la tramitación y regularización de las Tareas Pendientes de Liquidación para los matriculados que lo soliciten.
Qué en tal sentido, resulta imperioso organizar un incentivo disminuyendo a su respecto la cantidad de los aportes colegiales. –
Por las consideraciones precedentes: LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, RESUELVE:
Art. 1°. – Poner en vigencia desde la fecha de la presente resolución hasta el 31/07/2025, la posibilidad de liquidar APORTES COLEGIALES DE tareas PENDIENTES DE LIQUIDAR Y R.O.D de expedientes en alta según lo establecido en el anexo que acompaña a la misma, para todo Arquitecto matriculado en el CAPC que lo solicite.
Art. 2°. – Para las tareas profesionales de los Matriculados, dispónese la Regularización de Tareas Pendientes de Liquidar según lo detallado en el punto 1 del Anexo I.———-
Art. 3°. –Dispónese la Regularización de Tareas Pendientes de Liquidar para Arquitectos en Condición Pre Jubilatoria, según lo detallado en el punto 2 del Anexo I, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- De 60 años de edad con más de 35 años de aporte a la Caja Previsional. ———-
- Ó 65 años de edad con más de 30 años de aporte a la Caja Previsional.———–
- Solicitud de baja de matrícula. —————————————————————-
Art. 4°. – Al acceder a este beneficio no podrá aplicar reducciones o reintegros establecidos en otras Resoluciones del Colegio. —————————————————
Art. 5°. – Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese. ————————————
