RESOLUCIÓN MINISTERIAL 1254-2018

ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE ARQUITECTO/A

1. Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al hábitat humano

 

2. Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento o infraestructura y de otras obras destinadas al hábitat humano.

 

3. Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correspondientes a obras de arquitectura.

 

4. Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias correspondientes a obras de arquitectura, excepto cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de las ingeniería.

 

5. Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación, renovación, rehabilitación y refuncionalizacion

de edificios, conjuntos de edificios y otros espacios, destinados al hábitat humano.

 

6. Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior fijo y móvil, destinado al hábitat del hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas.

 

7. Diseñar, proyectar, y efectuar el control técnico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura.

 

8. Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de arquitectura.

 

9. Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje

 

10. Efectuar la planificación arquitectónica y <urbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos

 

11. Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano

 

12. Realizar medición y nivelación de parcelas con el objetivo de concretar la ejecución de obras de arquitectura

 

13. Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los espacios

que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura

 

14. Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el

hábitat, y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura

 

15. Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento físico ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural

 

16. Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano

 

17. Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos que no siendo de su especialidad afecten al hábitat humano

 

18. Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles

 

19. Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura

  

20 Proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura



RESOLUCION MINISTERIAL 1254-2018  - ANEXO XXII

ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE ARQUITECTO


1. Diseñar, calcular y proyectar estructuras, edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento e infraestructura, y otras obras destinadas al hábitat humano, en lo concerniente al ámbito de su competencia.


2. Dirigir y controlar su construcción, recuperación, renovación, rehabilitación, re-funcionalización y demolición.


3. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.


4. Proyectar, dirigir y evaluar lo referido a la higiene y seguridad en lo concerniente a su actividad profesional.

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Fecha: 20/07/2023

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